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Objetivos y Funciones

 
Objetivos y Funciones​

Funciones

- Constitución Política de la República de Colombia

Artículo 288. La ley orgánica de ordenamiento territorial establecerá la distribución de competencias entre la Nación y las entidades territoriales.

Las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en los términos que establezca la ley.

- Ley 136 de 1994

Artículo 3º. Funciones - Corresponde al municipio:

1.  Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley.

2.  Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el progreso municipal.

3.  Promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.

4.  Planificar el desarrollo económico, social y ambiental de su territorio, de conformidad con la ley y en coordinación con otras entidades. 

5.  Solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y los sectores discapacitados, directamente y en concurrencia, complementariedad y coordinación con las demás entidades territoriales y la Nación, en los términos que defina la ley. 

6.  Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del medio ambiente, de conformidad con la ley. 

7.  Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del respectivo municipio. 

8.  Hacer cuanto pueda adelantar por sí mismo, en subsidio de otras entidades territoriales, mientras éstas proveen lo necesario. 

9.  Las demás que le señale la Constitución y la ley.

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